Tras el fallo a los docentes, el Gobierno hace cambios en el STJ

02/09/2015

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial El Poder Ejecutivo, en rigor Sergio Urribarri, decidió “restituirle” al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en pleno la competencia de resolver los amparos. La noticia se conoció en las últimas horas. En la sesión del Senado del miércoles ingresó un proyecto de ley para derogar el artículo


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


El Poder Ejecutivo, en rigor Sergio Urribarri, decidió “restituirle” al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en pleno la competencia de resolver los amparos. La noticia se conoció en las últimas horas. En la sesión del Senado del miércoles ingresó un proyecto de ley para derogar el artículo 11 de la ley 9550, de Procedimientos Constitucionales.

En los escuetos fundamentos de la breve iniciativa – a la que tuvo acceso Página Judicial – el Ejecutivo sostiene que es “esencial la mutación” que se pretende y que la misma responde al mandato del artículo 205 de la Constitución de Entre Ríos, que refiere a las atribuciones del alto cuerpo.

Es así que el proyecto de ley propuesto le reserva a la Sala Penal y de Asuntos Constitucionales “lo concerniente a la intervención del recurso previsto en artículo 44 de la ley 8369 (de hábeas Corpus)”. La iniciativa que deberá aprobar la Legislatura sólo tiene tres artículos.

El modo y el contexto en el que ingresó este proyecto de ley genera suspicacias. No se dio publicidad de la iniciativa como sí se hizo con otras que se trataron en esa sesión. Incluso, los legisladores desconocían el texto que votaron minutos después de un cuarto intermedio en el que Enrique Tomás Cresto se tomó unos minutos para explicarle de qué se trataba, según reconstruyó Página Judicial.

Pero también es difícil no asociar el interés de modificar la competencia del STJ con el fallo de la Sala Penal en favor de los docentes luego de que Agmer interpusiera un amparo.

Los amparos son resueltos en la actualidad por la Sala Penal y de Asuntos Constitucionales que integran Claudia Mizawak, Carlos Chiara Díaz y Daniel Carubia. A partir de la aprobación de la ley lo harán los nueve vocales.

Una maniobra idéntica se registra en el segundo gobierno de Sergio Montiel, cuando el gobernador radical encontró en el pleno la posibilidad de bloquear a la Sala Penal que en ese momento integraban Chiara Díaz, Carubia y Miguel Carlín. Las “tres C”, como se la conocía en el mundillo montielista, solía votar de la misma manera.

Es parte de la historia el acto de asunción cuando Montiel, con micrófono en mano, cargó contra la Sala Penal a quien identificaba con Jorge Busti. Al poco tiempo de asumir inició un proceso para conseguir su propia mayoría en el STJ con la implementación de lo que se conoció como “renta vitalicia”, que permitía a los vocales jubilarse por adelantado, así no tengan la edad requerida. También aumentó el número de integrantes del alto cuerpo. En el 2003 Busti tomó el poder por tercera vez y le devolvió a las “tres C” la competencia para resolver los amparos.