Ordenan reponer a una funcionaria que perdió droga en un juzgado
15/07/2015
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó reponer en su cargo a una secretaria que había recibido una sanción disciplinaria por la desaparición de droga que había sido incautada en un procedimiento a cargo del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay. Juan Cruz Varela
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó reponer en su cargo a una secretaria que había recibido una sanción disciplinaria por la desaparición de droga que había sido incautada en un procedimiento a cargo del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay.
A través de una resolución fechada el 11 de mayo pasado, el máximo tribunal decretó la suspensión de la sanción disciplinaria que la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná había impuesto a la secretaria de Derechos Humanos del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, Gladys Mabel Villar, por haber tenido “una conducta negligente” y por no haber adoptado los “recaudos mínimos para evitar” la desaparición de la droga.
La funcionaria judicial –y el prosecretario administrativo del juzgado, Ricardo Cesar Bonnet– había sido suspendida por 180 días sin goce de haberes y apartada de sus tareas, pero ahora la Corte Suprema decidió revisar aquella sanción y, mientras tanto, “en virtud de que se está ejecutando la medida”, decretó “su suspensión hasta que en definitiva resuelva este tribunal”, según consta en la resolución firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, a la que accedió Página Judicial.
Así, a la espera de que se resuelva el asunto, Villar volvió a ocupar su cargo en la Secretaría de Derechos Humanos del juzgado.
La historia se remonta al 31 de mayo de 2013. Efectivos de Gendarmería de Concordia detuvieron un colectivo que circulaba por la Ruta Nacional 14 desde Clorinda (Formosa) hasta Morón (Buenos Aires) e incautaron dos valijas que contenían que contenían, en total, 46 ladrillos de marihuana, cuyo peso total fue de 40,56 kilos. Los paquetes fueron numerados del 1 al 46 y remitidos al Juzgado Federal. Pero cuando se abrieron las valijas para realizar el pesaje, el 5 de septiembre, faltaban 13 paquetes.
La responsabilidad por la desaparición de la droga recayó sobre dos funcionarios judiciales y, tras un sumario, ambos fueron sancionados: el 9 de febrero pasado la Cámara Federal de Apelaciones les impuso una suspensión por 180 días sin goce de haberes y los apartó de sus funciones.
Villar apeló la medida y solicitó la avocación de la Corte Suprema a los fines de que examine la sanción impuesta. En su presentación sostuvo, como lo había hecho antes, que el juez Pablo Seró había autorizado que la droga fuera depositada en un armario de la Secretaría de Derechos Humanos –del que, se suponía, solo tenían llave ella misma y el prosecretario Bonnet– porque la bóveda estaba colmada en su capacidad, que desconocía que otras personas tuvieran acceso al mueble –había una copia de la llave en un escritorio al cual tenían acceso otros empleados y hasta el personal de limpieza y la custodia de los tribunales– y que, si hubiese estado al tanto de esa circunstancia, no lo habría permitido.
Pues bien, aunque la Corte Suprema no resolvió todavía si asumirá el trámite de la apelación, sí dispuso que la funcionaria judicial pueda volver a su trabajo y dejó pistas de que pretende revisar el caso: “Sin perjuicio de lo expresado por la interesada y los fundamentos manifestados por esa alzada en la citada resolución, corresponde destacar que no se halla prevista la sanción de suspensión por más de 30 días, dado que, en todo caso, la de cesantía es la que le sigue en orden de gravedad”, reza la resolución.
De hecho, la sanción había sido motivo de controversia entre los integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones y, de hecho, la resolución salió por mayoría: Mateo Busaniche y Daniel Alonso sostuvieron la suspensión por 180 días, mientras que Cintia Gómez consideró que los funcionarios judiciales debían ser cesanteados.
La posición de la Corte Suprema se sostiene en el decreto-ley número 1.285/58, que en su artículo 16 establece: “Los magistrados, funcionarios, empleados y auxiliares de la Justicia de la Nación, excepto los agentes dependientes de otros poderes, podrán ser sancionados con prevención, apercibimiento, multa, suspensión no mayor de treinta días, cesantía y exoneración, conforme lo establecido en este decreto ley y los reglamentos”.
La norma establece expresamente un tiempo máximo de suspensión (30 días), el cual Villar ha cumplido holgadamente desde que se le notificó la sanción hasta que la Corte Suprema aceptó la avocación; de modo que por ahí podría pasar la revisión.