Recusaron a Claudia Mizawak en el amparo por el pegado de boletas

10/07/2015

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial El planteo judicial para fijar una interpretación de la ley electoral en el pegado de boletas tuvo este viernes otro capítulo. El apoderado legal de la Lista 104 que integran Gastón Grand y Leonardo Centurión recusó a la vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Claudia Mizawak,


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


El planteo judicial para fijar una interpretación de la ley electoral en el pegado de boletas tuvo este viernes otro capítulo. El apoderado legal de la Lista 104 que integran Gastón Grand y Leonardo Centurión recusó a la vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Claudia Mizawak, quien integra la Sala de Asuntos Constitucionales y Penal y que debe resolver el amparo.

Grand logró un fallo favorable de la jueza Viviana Murawnik, quien interpretó que la norma no explicita que para pegar dos boletas de un mismo partido o agrupación política se requiera del consentimiento de las partes. La Junta Electoral del Frente para la Victoria apeló la sentencia entendiendo que es requisito la voluntad de ambas partes para el acuerdo. Pero también planteó una cuestión de competencia: sostiene que debe ser la Justicia Federal la jurisdicción que resuelva el asunto.

En la recusación, Pedro Raiteri utilizó como argumento la opinión emitida por Mizawak como integrante del Tribunal Electoral de la provincia al “haber dictado la resolución reglamentaria de mayo de 2015, (…) expediente iniciado con motivo de la convocatoria a elecciones mediante decretos 1.326 y 1.325”. Por lo tanto –según el apoderado– “ya ha intervenido y emitido recomendaciones acerca de este asunto, que es el desarrollo del proceso electoral, y el modo en que a nuestra lista le corresponde participar”.

En la presentación, a la que tuvo acceso Página Judicial, Raiteri sostuvo que se estaría violando la “imparcialidad que debe tener todo juez natural” si Mizawak interviene como vocal del STJ, ya que revistó como autoridad electoral anteriormente, “es decir como parte necesaria de él y, en otro, como autoridad judicial ejerciendo el control de legalidad”.

Oficialización

Según se desprende del texto, Raiteri ingresó una nota al Tribunal Electoral, informando que la jueza Murawnik, “ha dictado sentencia ejecutoria contra la Junta Electoral del Frente para la Victoria de la provincia de Entre Ríos, ordenándole aprobar y oficializar que la boleta de sufragio de la Lista N° 104 sea impresa y emitida conjuntamente y pegada en una sola tira de papel de manera que una boleta quede al lado de la otra con las de la Lista N° 2 (Bordet – Bahl) en sus candidaturas provinciales, nacionales e internacionales”.

El fallo ordenó que eso ocurra en 24 horas. Este tiempo ya pasó.

Según el cronograma electoral, este viernes vence el plazo para la aprobación de boletas oficializadas en el Juzgado Federal.

Lo cierto es que la apelación fue de carácter devolutivo, no suspensivo, por lo tanto lo que rige hasta un nuevo fallo es la sentencia de Murawnik. La Sala de Asuntos Constitucionales la integran Carlos Chiara Díaz y Daniel Carubia. Ahora queda resolver si se le hace lugar a la recusación y, en caso de acceder a esa petición, designar al subrogante.