Represores se quejan porque no les permiten salir de la unidad penal

05/12/2014

Juan Cruz Varela Mientras la causa por crímenes de lesa humanidad transita por su etapa final, los represores Jorge Humberto Appiani y Cosme Ignacio Marino Demonte no cesan en la presentación de recursos tendientes a demorar el dictado de la sentencia. La última queja que presentaron Appiani y Demonte, cada uno por su lado, es


Juan Cruz Varela

Mientras la causa por crímenes de lesa humanidad transita por su etapa final, los represores Jorge Humberto Appiani y Cosme Ignacio Marino Demonte no cesan en la presentación de recursos tendientes a demorar el dictado de la sentencia.

La última queja que presentaron Appiani y Demonte, cada uno por su lado, es porque no se les permite salir de la cárcel: el ex militar pretende viajar a la provincia de Misiones para ver a sus hijos y el ex policía federal quiere asistir a un templo religioso paranaense. En ambos casos recibieron reveces.

Además, en conjunto, presentaron una denuncia ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná porque, según dicen, no se les permite fotocopiar el expediente. También el tribunal rechazó este planteo y, de alguna manera, allanó el camino hacia la sentencia, resolviendo algunas de las cuestiones pendientes que va dejando el juicio escrito por la denominada megacausa Área Paraná.

Queja por unas fotocopias

En el marco del juicio escrito, los represores presentaron también una denuncia ante la Cámara Federal de Apelaciones por “privación de justicia por impedimento de libre acceso al expediente y violación a la defensa en juicio”.

La presentación fue efectuada por Guillermo Retamar, defensor de Demonte y patrocinante de Appiani, y apuntaba contra el secretario de Derechos Humanos de Juzgado Federal, Juan Rosas Paz, por no permitirles fotocopiar el expediente, lo que les impediría a los represores “acceder a sus derechos de igualdad de armas”.

La medida, sin embargo, tiene como objetivo “asegurar la custodia de los cuadernos de prueba, los que por ello deben permanecer en la Secretaría, pudiendo ser consultados por las diferentes partes”.

El tribunal coincidió con Rosas Paz en el sentido de que “la disposición (…) comprende a todas las partes y es de carácter ordenatorio, no vislumbrándose violación a la defensa en juicio por el hecho de no poder extraer fotocopias”, a la vez que les sugiere a los represores que “deberían referir qué piezas específicamente les son necesarias fotocopiar y hacer dicho pedimento por escrito y en forma fundada”.

Lo curioso es que Retamar no asistió a ninguna de las veinte audiencias del juicio escrito y los represores solo estuvieron en las primeras dos.

A Misiones, no

Las quejas de Appiani y Demonte se han convertido en una cuestión casi cotidiana en los distintos expedientes que se tramitan en el Juzgado Federal de Paraná por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar.

El mes pasado, Appiani reeditó una queja “por retardo de justicia” porque supuestamente el juez federal Leandro Ríos no responde a sus pedidos para ser trasladado a la provincia de Misiones, donde viven sus hijos. Sería una visita de algunos días para “acercamiento familiar”, tal como prevé la ley para las personas que se encuentran privadas de la libertad.

La respuesta del juez (fue la misma en mayo, julio y octubre) ha sido gestionar ante el Servicio Penitenciario Federal “cupo para acercamiento familiar de un detenido de lesa humanidad en la Prisión Regional del Norte U7 (en Resistencia, Chaco) y/o Colonia Penal U17 (en Candelaria, Misiones), debiendo informarse la fecha y unidad de alojamiento con tiempo suficiente”. Hasta el momento, no hubo respuesta.

No obstante, el magistrado le advirtió a Appiani, y así se lo hizo saber a la Cámara Federal de Apelaciones, que “frente a la carencia circunstancial de cupo y a la falta de precisión de la fecha en que pueda ser factible la efectivización del acercamiento interesado, se hace saber al encartado (Appiani) que siendo sus hijos mayores de edad, podrán trasladarse hasta su lugar de detención y, en tal caso, a fin de promover el afianzamiento de los lazos familiares, en particular el vínculo paterno-filial, eventualmente se ponderará la autorización de días y horarios de visitas especiales de acuerdo a requerimientos”.

Al templo, tampoco

Demonte, acusado por el secuestro y torturas de Victorio Coco Erbetta y Pedro Sobko, y por el homicidio de este último, profesa la religión de los Testigos de Jehová. En varias ocasiones se le permitió asistir a las reuniones de rezo, canto, reflexión y estudio de la Biblia en el templo de la Congregación Los Pinos.

Sin embargo, el juez Ríos ha limitado las salidas, especialmente desde la fuga de dos represores condenados en la provincia de San Juan, a pedido de los fiscales y querellantes en las causas por crímenes de lesa humanidad. “La asistencia espiritual debe brindarse y hacerse dentro de los muros de la UP1, como ocurre con todas los demás cultos, en donde concurren al SUM (Salón de Usos Múltiples) a dar sus liturgias, al solo pedido de los presos, y como ocurre con el resto de los presos comunes”, expusieron en su momento los querellantes Marcelo Boeykens y Álvaro Baella, en un escrito pidiendo que se restrinjan las salidas a los represores.

Lo cierto es que Demonte se siente “discriminado” y considera que la decisión del juez vulnera su “derecho a satisfacer las exigencias de la vida religiosa” y “el derecho a aprender”. En un escrito dirigido al juez, el represor detenido en la unidad penal sostuvo que “los siervos de Jehová consideran un privilegio asistir a dichas escuelas y aprender en ellas”. Pero tampoco en su caso la Cámara Federal de Apelaciones encuentra un gravamen irreparable por el cual deba rever la medida dispuesta por el juez Ríos.

Fuente: El Diario.