La Provincia no cobra el impuesto al juego y el Iafas viola la ley

27/10/2014

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial La reforma tributaria aprobada a los apurones en diciembre del año pasado en el medio de un escenario de conflicto por el levantamiento policial trajo más problemas que soluciones. El gobierno provincial debió dar marcha atrás con el cobro de ingresos brutos al sector empresarial luego de


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicia
l

La reforma tributaria aprobada a los apurones en diciembre del año pasado en el medio de un escenario de conflicto por el levantamiento policial trajo más problemas que soluciones. El gobierno provincial debió dar marcha atrás con el cobro de ingresos brutos al sector empresarial luego de jactarse de haber avanzado en ese aspecto y estar impulsando un sistema progresivo de distribución de la renta. Esos fondos iban a ser destinados a incrementos salariales.

La buena nueva es que otro sector – de caudalosa recaudación- no paga impuestos. A diferencia de los empresarios, nunca los pagó. Se trata de los juegos de azar. La noticia se conoció luego de que el titular de la Agencia Tributaria de Entre Ríos (ATER), Marcelo Casaretto, advierta al Senado mediante una nota que el “Iafas no procede a retener el impuesto” que rige en el nuevo esquema tributario vigente desde el 1º de enero. La nota tiene fecha del 24 de septiembre. La misma fue remitida a la Cámara de Diputados. En ambos casos a los presidentes: José Cáceres y José Allende. La decisión del funcionario de comunicar a la Legislatura fue un resguardo.

Fuentes del organismo recaudador comentaron a Página Judicial que, ante la irregularidad en la que estaba incurriendo el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, se le envió al presidente, José Omar Spinelli, notas en las que se le solicitó que por ley debía cobrar impuestos, pero la respuesta fue siempre la misma: un pedido de prórroga para instrumentar el sistema de recaudación. Desde ATER aseguran que esas deferencias fueron rechazadas.

Lo cierto es que el nuevo esquema tributario, esto es la ley 10.270, establece que “por cada premio que se abone en los juegos de Tómbola, Lotería provincial y Bingos deberá abonarse el Impuesto a los Juegos de Azar”. Este nuevo artículo, el 10º, incorpora el impuesto al Código Fiscal.

La norma sostiene que “estará alcanzado por el impuesto, el canje de dinero por fichas, tickets o similares presentados al cobro, que efectúen los casinos, salas de juegos u otros establecimientos de juegos debidamente autorizados, por los juegos de azar que allí se desarrollen, tales como ruleta francesa, ruleta americana, ruleta electrónica y de paño, Black Jack, punto y banca, póquer mediterráneo, siete y medio, Hazard, monte, rueda de la fortuna, seven fax, máquinas tragamonedas y similares existentes o a crearse en el futuro”.

Spinelli reconoció ante APF que no se estaba implementado el cobro del impuesto. “El tributo se está reglamentando”, puntualizó el funcionario y aseguró que se trata de un tema muy complejo, en tanto su instrumentación necesita que se modifique “todo el sistema” de tómbola, bingos, loterías y casinos. Así, otro sector, de copiosas ganancias, tiene coronita.