Redengas: todos sobreseídos

03/09/2014

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial El juez de Instrucción Número 7 de Paraná, Humberto Franchi, sobreseyó a todos los trabajadores de Redengas que habían sido denunciados en el marco del conflicto que mantienen con la empresa por cuestiones salariales y en reclamo de mejores condiciones laborales. La medida alcanzó a los


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


El juez de Instrucción Número 7 de Paraná, Humberto Franchi, sobreseyó a todos los trabajadores de Redengas que habían sido denunciados en el marco del conflicto que mantienen con la empresa por cuestiones salariales y en reclamo de mejores condiciones laborales. La medida alcanzó a los 27 trabajadores que estaban acusados de impedir la normal prestación del servicio, tal como habían solicitado los defensores Rubén Pagliotto e Iván Vernengo.

El magistrado consideró que los trabajadores de Redengas no incurrieron en una conducta delictiva sino que ejercieron el derecho de huelga o hasta sugiere podrían haber estado ejerciendo la desobediencia civil como una forma de resistencia a los abusos de la patronal.

“No existe el delito mientras no se haya producido una interrupción o un entorpecimiento del servicio”, señaló Franchi en su fallo al que accedió Página Judicial (ver adjunto).

“El normal funcionamiento del servicio público de gas ha sido prestado efectivamente, no ha sido obstruido por el actuar de los imputados (…) y en consecuencia no se ha comprometido la seguridad pública, por lo que entiendo que a su respecto la imputación intimada a los justiciables carece de la entidad suficiente para considerarla típica”, agregó.

Historia de un reclamo

El conflicto puso a la empresa distribuidora de gas en la peor situación desde su creación, 20 años atrás. Tal es así que un reclamo por incremento de salarios, ropa de trabajo, renovación del parque automotor y contratación de más personal derivó en el despido de seis trabajadores, que luego terminaron denunciados ante la justicia.

Veintisiete trabajadores fueron denunciados penalmente por el delito de entorpecimiento de transportes y servicios públicos por considerar la empresa que en el marco de una manifestación por cuestiones salariales se habían instalado frente al portón de acceso, impidiendo el ingreso y egreso de vehículos y personal que cumplen con la prestación del servicio de gas natural y haciendo abandono de las guardias activas, que tienen por función atender las emergencias por posibles fugas de gas, entorpeciendo y estorbando la normal prestación del servicio público en Paraná.

Ante el juez, los trabajadores rechazaron las acusaciones, negaron haber suspendido el servicio de gas y reivindicaron su derecho a reclamar. “Nuestro pedido fue salarial y a su vez renovar la planta automotriz porque los vehículos no estaban en condiciones de salir a la calle y aumento de la planta salarial”, dijo uno de los imputados en su indagatoria.

Pero lo cierto es que el conflicto que estalló públicamente en julio, se retrotrae a varios meses atrás. Sin embargo, los trabajadores aseguraron que en ningún momento se resintió la tarea ni hubo un peligro potencial para los usuarios. “Cuando un empleado se retiraba en el horario de oficina se llevaba un teléfono que lo provee la empresa para atender los llamados de los usuarios por reclamos; cuando nosotros comenzamos la medida los empleados continuaban con los teléfonos y la empresa les pasaba los reclamos desde adentro para que los atiendan”, declaró otro trabajador. “Nunca dejamos de atender las emergencias (…) Sin ir más lejos, mientras estábamos manifestándonos atendíamos todos los reclamos. No recuerdo si estábamos en Casa de Gobierno o en el Ministerio de Trabajo y yo mismo fui a atender una fuga en vereda”, graficó otro de los denunciados.

No hay delito

En su fallo, el juez Franchi explicó que para que se consume el delito se exige que se haya estorbado, perturbado o entorpecido el servicio público de gas, pero consideró que “el normal funcionamiento del servicio público de gas ha sido prestado efectivamente, no ha sido obstruido por el actuar de los imputados”.

El magistrado señaló además que el hecho de que los trabajadores se instalaran “en la entrada de la empresa para fortalecer un reclamo laboral”, que ingresaran al interior de las oficinas comerciales “generando ruidos molestos” o hasta que algunos abandonaran “intempestivamente las guardias activas”, no constituye un delito. Por el contrario, aseveró que “el conflicto suscitado se encuadra plenamente en un reclamo de estricto corte laboral, por cuestiones meramente salariales y/o gremiales, realizadas bajo los presupuestos garantizados constitucionalmente en su legítimo derecho de huelga”.

“Resulta obvio y evidente que el servicio público de gas natural prestado por la denunciante (Redengas) ha sido costeado con total normalidad, no surge de autos alguna queja o conflicto peticionado ni por particulares ni por entidades públicas”, aseveró el juez.

En ese sentido, Franchi insistió en que “lo intimado a los inculpados es atípico, pero si se hubiesen dados los recaudos del artículo 194 del Código Penal por posiciones de dogmática la acción hubiese sido justificada o exculpada por advertirse una supuesta colisión de deberes, privilegiando el derecho constitucional de huelga”.

Y después fue más allá todavía, al señalar que la protesta de los trabajadores de Redengas podría constituir un caso de desobediencia civil, a la que define como “como el acto de no acatar una norma que se tiene obligación de cumplir”, para luego aclarar que “la desobediencia civil no es un delito, es un derecho supremo y sagrado”.