La mayoría de los desaparecidos no están reconocidos en los padrones
23/10/2013
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial A treinta años de la restauración de la democracia, y a partir de una modificación en el Código Electoral, algunos de los desaparecidos y asesinados durante la última dictadura cívico-militar figurarán como tales en los padrones. Lo cierto es que esta situación, que sorprende a más
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
A treinta años de la restauración de la democracia, y a partir de una modificación en el Código Electoral, algunos de los desaparecidos y asesinados durante la última dictadura cívico-militar figurarán como tales en los padrones. Lo cierto es que esta situación, que sorprende a más de uno, encierra no pocas irregularidades en un sistema que permite que haya personas fallecidas, algunas mayores de 100 años y hasta desaparecidos en condiciones de votar en las elecciones del próximo domingo.
¿Por qué algunos? En el nuevo modelo de padrón aquellos desaparecidos cuyos familiares hayan realizado algún tipo de gestión ante el Estado y exista constancia de la misma, ya sea administrativa o judicial, aparecerán grisados y con una constancia de que se trata de un “elector ausente por desaparición forzada”.
En 2007 se advertía esto como una irregularidad, pero su inclusión como tales es producto de una modificación del Código Electoral, realizada en 2009 y reglamentada unos meses después, a través del Decreto Número 935/10, que en su artículo 9 establece que “en las hojas impresas del padrón electoral, los electores declarados ausentes por desaparición forzada deberán visualizarse con un sombreado que los resalte”.
Si bien no existe una cifra respecto de cuántos desaparecidos aparecen consignados en el padrón, un relevamiento realizado por Página Judicial da cuenta de que apenas el 21% de los entrerrianos desaparecidos no aparece, pero solo en el 28% de los casos se los presenta como “elector ausente por desaparición forzada”.
Un poco de historia
A mediados de 1994, se sancionó la Ley Número 24.321, por la cual se crea la figura de “ausente por desaparición forzada” que comprende a quienes fueron privados ilegalmente de la libertad durante la dictadura. A esta, le siguió la Ley Número 24.411, que establece una reparación económica para los causahabientes de personas desaparecidas o muertas como consecuencia del accionar represivo. El espíritu de ambas leyes era resolver situaciones derivadas de la ausencia de las personas. Por eso, se fija la fecha de desaparición, que es la del secuestro o la última vez que fue visto; la Justicia confirma la situación de desaparición forzada; se inscribe en el Registro Civil y se expide una partida de defunción tardía.
Con estos elementos, el trámite para eliminar del padrón electoral a los desaparecidos de la dictadura parece automático, sin embargo no lo es tanto, y parece que por más esfuerzo que haga el Estado, a ellos será imposible borrarlos.
Sin embargo, las víctimas de la dictadura siguen en el padrón. Hay algunos que jamás fueron denunciados, pero también están aquellos a los que el propio Estado reconoció como desaparecidos o muertos por la represión.
Después de varios meses de trabajo, el año pasado el Registro Único de la Verdad amplió la nómina de víctimas entrerrianas y en Entre Ríos de la última dictadura cívico-militar, a partir del entrecruzamiento de datos con archivos de entes públicos, el informe de la Conadep, organismos de derechos humanos y otras entidades. De resultas de ello se llegó a establecer que una lista de 242 personas que fueron desaparecidas o asesinadas por el terrorismo de Estado. De ellos, 191 aparecen en los padrones, aunque solo 69 están reconocidos como víctimas de la dictadura (ver detalle en Adjuntos).
Algunos ejemplos
De acuerdo con el padrón elaborado por la Justicia Electoral, en Entre Ríos 45 personas que han sido víctimas de la represión ilegal y figuran en los padrones –el resto aparece distribuido en las otras jurisdicciones del país–; sin embargo, solo 8 están reconocidos como “elector ausente por desaparición forzada”.
En la gran selva que son los padrones electorales hay algunos casos llamativos.
Durante años, Amanda Mayor se presentó en las mesas de votación para dejar constancia de que su hijo, que figuraba en el padrón, estaba desaparecido desde el 13 de diciembre de 1976. Sin embargo, Fernando Piérola continúa apareciendo con domicilio en Paraná y está habilitado para votar en la Escuela Número 11 Provincia de Santa Fe. Y esta situación tampoco ha sido corregida por la nueva ley.
No menos irritante es el caso de los integrantes de la familia de Nogoyá, asesinados el 19 de noviembre de 1976 en San Nicolás y entregados sus restos a sus parientes. Omar Amestoy figura como elector en una escuela de Santa Fe y su esposa, María del Carmen Fettolini, aparece en condiciones de votar en Nogoyá. Y más terrible es el hecho de que también figuran en el Registro de Infractores al deber de votar, por no haberlo hecho en las primarias y porque tampoco justificaron la inasistencia en el plazo previsto por la ley. En cambio, los hijos de la pareja, que tenían 5 y 3 años cuando fueron asesinados, no fueron dados de alta en los padrones.
Otro caso particularmente extraño es el de los hermanos Juan Carlos, Pedro y Gerardo Sandoval, también oriundos de Nogoyá y todos desaparecidos. El primer dato curioso es que este último aparece en el padrón como Sandobal. Un segundo punto es que Juan Carlos aparece habilitado para votar en Caseros; Gerardo figura en La Plata; y Pedro en San Nicolás; mientras que la esposa de éste, Liliana Fontana, también figura en el padrón en el partido de Caseros.
No menos llamativa es la situación de los hermanos Torres Retamar. Los tres trabajaban en la empresa Química Mebomar, en la provincia de Buenos Aires, fueron secuestrados entre el 7 y el 8 de diciembre de 1976, asesinados, inhumados como NN en el cementerio de Lomas de Zamora y sus restos identificados en 2011 por el Equipo Argentino de Antropología Forense. Sin embargo, el dato extraño es que solo a dos de ellos se los consigna en el padrón como “elector ausente por desaparición forzada”.
El desorden abarca también a los casos ocurridos antes del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Miguel Arra era un licenciado en Ciencias Naturales, zoólogo y docente en Salta, donde fue secuestrado el 24 de junio de 1975. Allí aparece en los padrones y se especifica su condición de desaparecido. En cambio, Juan Ramón Zaragoza, un militante de la Federación Juvenil Comunista asesinado por la Triple A unos días antes pero en La Plata, figura en condiciones de votar en Concepción del Uruguay.
Estos casos abren algunos interrogantes: ¿Cómo es posible que el Estado no haya podido aún hoy depurar los padrones y realizar un entrecruzamiento de datos serio respecto de las víctimas de la dictadura? ¿Cómo es posible que más de la mitad de los desaparecidos vayan a recibir una “sanción” por no ir a votar? ¿Cómo el mismo Estado que indemnizó a los familiares y castigó a muchos de quienes los secuestraron, torturaron, asesinaron y desaparecieron, no reconozca a las víctimas? Esto, sin dudas, es una cuenta pendiente con la memoria.