Los Arenales: la Justicia no resuelve un litigio que ya tiene casi una década
21/05/2013
Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Al menos una vez al año se reflota el tema de Los Arenales, un espacio cuya propiedad el Estado supo adjudicar a un privado. Si esas tierras a la ribera del río Paraná en la zona de Túnel Subfluvial
Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial
Al menos una vez al año se reflota el tema de Los Arenales, un espacio cuya propiedad el Estado supo adjudicar a un privado. Si esas tierras a la ribera del río Paraná en la zona de Túnel Subfluvial Uranga-Sylvestre Begnis son o no patrimonio estatal es algo que la Justicia aún no determinó, pese a los años que tiene el expediente en los tribunales. Se trata de la causa caratulada “Gobierno de la Provincia de Entre Ríos c/Municipalidad de Paraná y otros s/ sumario por nulidad y reivindicación” (Expediente Nº 11.704 de 2003) y “Gobierno de la Provincia de Entre Ríos c/Lifschitz Sergio Gregorio y otros s/medida cautelar de prohibición de innovar y contratar” (Expediente Nº 11.836 de 2003).
En mayo de 2002, luego de una extensa y profunda investigación en la que se recolectaron más de 130 pruebas, la desaparecida Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) dio a conocer un dictamen en el cual se señala que los inmuebles inscriptos en el Registro de la Propiedad de Paraná bajo el dominio del empresario Sergio Gregorio Lifschitz y el dominio de Paraná Fiduciaria SA pertenecen al dominio público de la provincia de Entre Ríos, siendo por lo tanto “objetos fuera de comercio, inalienables”. A esa conclusión se llegó luego de una substancial recopilación de precedentes judiciales, actos administrativos y resoluciones, por ejemplo, de la Comisión Interprovincial Túnel Subfluvial, la Municipalidad, el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV) y otras reparticiones del Estado entrerriano.
Los terrenos donde el empresario desarrolló el barrio privado Amarras del Sol están, desde hace más de diez años, en litigio por diferentes motivos que, en sucesivas acciones legales, documentación y argumentos, se podrían narrar en una saga.
Lo más cercano en la historia es el dictamen de la FIA que pone de resalto que el empresario adquirió el inmueble de Los Arenales de mala fe, conociendo de la nulidad insalvable de que adolecían el título y el plano que compraba, por lo cual no le cabría “ni el reconocimiento de la validez de ambos títulos, como así tampoco expropiación ni indemnización alguna”. Esta afirmación se basa en que en 1994, siendo Lifschitz presidente del Club Náutico Paraná, había sido notificado de una demanda de reivindicación de un lote que ocupaba la entidad, interpuesta por el Banco Municipal de Paraná, titular registral del mismo. El apoderado del Club Náutico era un viejo conocido en esta causa: Juan Carlos Brollo, quien ofreció una serie de pruebas tendientes a demostrar la dominidad pública provincial del inmueble y la consecuente nulidad de los títulos y planos inscriptos bajo el dominio de la entidad bancaria local.
Privatizar
El tiempo pasó y el empresario siguió maquinando sus emprendimientos sin saber si el terreno le pertenecía al Estado o era de su propiedad. Así están las cosas hasta el día de hoy.
El tercer gobierno de Jorge Busti estuvo a punto de establecer un antecedente atípico. A través de la entonces fiscal de Estado, Claudia Mizawak, el Gobierno tomaría la decisión de desistir del litigio. El organismo a cargo de la actual vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) estaba anulando una función que le corresponde: defender el patrimonio y representar al Estado en los juicios. Se estaba, en rigor, ante una privatización de lo público.
Efectivamente, la acción se concretó a través del Decreto Número 7.560 GOB. El 21 de diciembre de 2005, Brollo, en representación de Lifschitz, aceptó el desistimiento. El 1º de febrero del año siguiente, se presentó Martín Uranga, actual diputado provincial y entonces fiscal de Estado Municipal, en nombre de la comuna, y convalidó la decisión.
Para evitar esa medida, dos vecinas de Paraná, Irma Rosana Barrientos y Mara Guadalupe González, interpusieron una acción de inconstitucionalidad del decreto, con el patrocinio de María Emma Bargagna (ver adjunto). El expediente recayó en el Juzgado Civil y Comercial Número 4 de Paraná, a cargo de Eduardo Federico Plana, quien desestimó la presentación poniendo en duda el domicilio de las peticionantes.
Con la acción de inconstitucionalidad se interpuso además una medida cautelar para no dejar caer el juicio de desistimiento. “Lo hicimos para no encontrarnos con que el litigio ya estaba terminado”, explicó Bargagna en diálogo con Página Judicial. “Gracias a esa cautelar la causa está abierta”, acotó.
En la presentación se solicita que se condene individualmente a los funcionarios responsables del dictado del decreto impugnado: Jorge Busti, en carácter de gobernador; y Sergio Urribarri, como ministro de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, “por cuanto se trata de un acto dictado con extralimitación y cumplimiento irregular de las funciones públicas de los que sus autores están investidos”.
El expediente se encuentra actualmente en la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial, que integran María Valentina Ramírez Amable, Roberto Croux y Ana María Stagnaro.