Se publicaron decretos secretos con nombres de detenidos el 24 de marzo

12/04/2013

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial En noviembre del año pasado, el Gobierno nacional dejó sin efecto el carácter secreto o reservado de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo, permitiendo el acceso a la documentación que en su momento fue oculta por razones de seguridad, por lo que la medida excluye


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


En noviembre del año pasado, el Gobierno nacional dejó sin efecto el carácter secreto o reservado de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo, permitiendo el acceso a la documentación que en su momento fue oculta por razones de seguridad, por lo que la medida excluye aquellos instrumentos que contengan información que afecte la defensa nacional y los que tengan relación con la guerra de Malvinas.

“El libre acceso a la información genera transparencia en la gestión de gobierno, que redunda en beneficio de una mejor imagen de las instituciones democráticas frente a la ciudadanía”, argumentó en su momento la presidenta Cristina Fernández.

Desde hace unos días se vienen publicando en el Boletín Oficial documentos reservados firmados por los ex presidentes Arturo Frondizi, Juan Domingo Perón y María Estela Martínez de Perón, y los dictadores Juan Carlos Onganía y Jorge Rafael Videla.

La mayoría de los decretos reservados y secretos se refieren a cuestiones de defensa o de seguridad nacional. Así, por ejemplo, constan decretos que fijan la fecha de incorporación de la clase 1953 y 1954, respectivamente, al servicio militar obligatorio, cuyo contenido era secreto para preservar el dato de la cantidad de tropa que se destinaría a cada arma, por tratarse de información referida a la defensa nacional. Otros muestran autorizaciones presupuestarias para la adquisición de equipamiento para las fuerzas armadas o medidas de reorganización de la estructura del Ministerio de Defensa.

Pero a partir de 1975 se suceden decretos relacionados con la “lucha contra la subversión”. El Decreto S 261, del 5 de febrero, da cuenta de que “el Comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la provincia de Tucumán” y agrega que las fuerzas policiales quedarán “a disposición y bajo control operacional del Comando General del Ejército”. El documento tiene la firma de la presidenta María Estela Martínez de Perón.

Y después del golpe de Estado, e inclusive antes, se suceden decretos con listas de personas a detener a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Lo ocurrido en Entre Ríos tras la designación de Juan Carlos Trimarco como interventor militar quedó comprendido en algunos de ellos.

Una gran cantidad de militantes populares, dirigentes políticos, gremialistas, estudiantes, profesionales y empresarios fueron arrestados, al igual que las autoridades provinciales y los integrantes del Comando Paraná, el grupo de choque ideado desde el Gobierno para contrarrestar el avance de la izquierda peronista.

En total, 103 personas fueron detenidas el 24 de marzo y alojadas en unidades militares: el gobernador Enrique Tomás Cresto; el vicegobernador Dardo Pablo Blanc; el intendente de Paraná, Juan Carlos Esparza; algunos integrantes del Comando Paraná (Luis Chiro Lenzi, Juan Carlos Torales, José Argentino Acevedo, Eduardo Gitano Romero, Carlos Igarza y el ex policía Carlos Balla); los militantes Jorge Alberto Obeid, Alicia Dasso, Walter Grand, Solidario Romero; profesionales como Julio Héctor Meirama, Santiago Reggiardo, Carlos Alberto Federik; el empresario Gualberto Garamendy; el periodista Juan José Durantini; el dirigente sindical Luis Ponti; el docente universitario Juan Vilar, entre otros.

La mayoría de los nombres fueron publicados el 3 de abril en algunos medios de la provincia, pero recién el 9 de abril se emitieron los Decretos S 59 y S 60 (ver adjunto), firmados por el dictador Videla –autotitulado “Presidente de la Nación Argentina”–, en los que se justifica las detenciones por considerar que “constituye una primordial responsabilidad de gobierno consolidar la paz interior y preservar los permanentes intereses de la República” (sic) y se advierte que quienes figuran en los decretos “deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine”.

Algunos fueron sometidos a consejos de guerra y recibieron condenas de muchos años de prisión, por lo que permanecieron detenidos durante toda la dictadura, deambularon por distintas cárceles del país y padecieron todo tipo de torturas físicas y psicológicas. Otros fueron liberados al cabo de semanas, meses o algunos años. No hay desaparecidos entre quienes integran estas nóminas.

Información pública

La decisión de publicitar las disposiciones secretas está contenida en el Decreto Número 2013, del 5 de noviembre del año pasado. En sus considerandos plantea que “la Constitución Nacional, a través de los artículos 1º, 33º y concordantes, garantiza el principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho de acceso a la información pública”, por ello “debe darse un lugar primordial a los mecanismos que incrementen la transparencia de los actos de gobierno permitiendo un acceso igualitario a la información”.

Sin embargo, los decretos con las listas de personas detenidas a disposición del Poder Ejecutivo que ahora se publican eran conocidas desde hace muchos años e inclusive ya se encontraban en los archivos de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. “Esos decretos se publican ahora pero hace años que se conocían; fueron secretos en su momento, pero después se hicieron públicos, tal es así que se utilizaron para tramitar las leyes de reparación a las víctimas y sus familiares”, aclaró Alicia Dasso en diálogo con Página Judicial. No así otras disposiciones de carácter secreto o reservado.

Esta medida va en línea con otra dispuesta en 2006 respecto de las leyes secretas dictadas por el Congreso y con una decisión de Néstor Kirchner, en 2005, de relevar “de la obligación de guardar secreto en los términos de la Ley de Inteligencia Militar”, a integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad “cuando pudieran conducir” a la obtención de información vital para el desarrollo de los juicios por delitos de lesa humanidad, ya que algunos represores se escudaban en esa norma para no brindar información en los estrados judiciales.

Inclusive, ya en 2010 Cristina Fernández había ordenado desclasificar las normas emitidas durante la dictadura cívico-militar para que pudieran ser integradas a los juicios por crímenes de lesa humanidad que se están llevando adelante. Allí se destaca que “mantener clasificaciones de seguridad de carácter no público respecto de información y documentación relativa al accionar de las Fuerzas Armadas durante la vigencia del terrorismo de Estado resulta contrario a la política de memoria, verdad y justicia”.