Impulsan la creación de la figura del amparo ambiental en Paraná

09/05/2012

Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial La concejal de Paraná Roxana Villagra (UCR) presentó un proyecto de ordenanza por el cual se crea en el ámbito municipal la acción de amparo ambiental, una figura jurídica que puede ser invocada por cualquier ciudadano para evitar que se produzca un daño irreparable o de


Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial


La concejal de Paraná Roxana Villagra (UCR) presentó un proyecto de ordenanza por el cual se crea en el ámbito municipal la acción de amparo ambiental, una figura jurídica que puede ser invocada por cualquier ciudadano para evitar que se produzca un daño irreparable o de difícil recomposición en el medio ambiente. En tanto, otra iniciativa prevé la creación de un Cuerpo de Policía Ambiental.

La propuesta apunta a salvaguardar “el derecho que les corresponde a todos los vecinos en su totalidad de vivir en un ambiente sano y equilibrado, debiendo para ello el Estado Municipal respetarlos, resguardarlos y protegerlos completamente”.

Para ello se invoca la figura del amparo ambiental como una “acción expedita y rápida” que cualquier ciudadano podrá interponer en forma individual o colectiva ante el Juzgado de Faltas Municipal “contra toda decisión, acto, hecho u omisión” de cualquier autoridad “que en forma actual o inminente, amenace, restrinja, altere, impida o lesione” el derecho de los paranaenses a vivir en un ambiente sano.

De acuerdo con el proyecto, una vez que el juez de faltas reciba una acción de amparo podrá requerir “en forma inmediata” informes sobre el asunto que se le plantea “a la autoridad municipal competente, funcionario público o particular, atendiendo sobre hechos, actos u omisiones que motivan y fundan su actitud con expresa consideración de la evaluación del impacto ambiental, en un plazo no mayor de 30 días”.

En diálogo con Página Judicial, la concejal Villagra explicó que “en el ámbito municipal no hay una norma específica sobre la regulación del amparo, por eso se pretende crear esta figura a través de la cual los ciudadanos puedan interponer sus demandas por temas ambientales ante al Juzgado de Faltas”.

Asimismo, Villagra enfatizó que “cuando se trata de hechos graves que afectan derechos de la ciudadanía en general, debería haber una figura que resuelva esos asuntos en forma inmediata, antes de llegar a la instancia judicial. Eso es lo que viene a instaurar esta herramienta y por eso en el proyecto se fijan plazos, que son muy breves, para la resolución de este tipo de recursos”.

Del mismo modo, la concejal presentó otro un proyecto para crear una Policía Ambiental como organismo que “vele por el estricto y fiel cumplimiento de las normas que nos rigen en el ámbito del territorio de la Municipalidad de Paraná”.

Debate constitucional

La protección del medio ambiente y la figura del amparo ambiental fueron incluidas en la Constitución Provincial, tras la reforma de 2008, como antes se habían incorporado a nivel nacional en la Convención Constituyente de 1994.

La acción de amparo es un instrumento legal que permite a los ciudadanos acudir ante los jueces para someter a su decisión una situación determinada, consagrada especialmente a la defensa de todos los derechos y garantías establecidas en la Constitución, aunque para apelar a este instrumento del derecho procesal hace falta haber agotado previamente todos los procedimientos de la instancia administrativa.

El artículo 43 de la Constitución Nacional expresa que “toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley” y extiende el uso de esta herramienta “a los derechos que protegen al ambiente”. A su vez, el artículo 41 ratifica el derecho de todos los habitantes “a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano”.

También la Constitución de Entre Ríos incorporó el artículo 22 que ratifica la defensa del medio ambiente, de los recursos naturales y el derecho de los habitantes a vivir en un ambiente sano y equilibrado; y como artículo 56 otro que garantiza para “todo habitante de la provincia, las personas jurídicas reconocidas en la defensa de derechos o intereses de incidencia colectiva y el Defensor del Pueblo” la posibilidad de interponer acciones de amparo inclusive “para la protección ambiental”.

En la Convención Constituyente de 2008 se dio un interesante debate sobre el asunto. María Marcela Haiek (Partido Socialista) advirtió allí sobre la forma en que debía realizarse la instrumentación de esta herramienta para que resulte efectiva, pero dijo que “el amparo ambiental va a conformar una necesaria intervención de la ciudadanía toda porque permite consagrar y proteger los derechos de incidencia colectiva, a la vez que contempla los intereses difusos” y comparó esta herramienta con otras como “la participación popular, la iniciativa de leyes y las asambleas”.

Dónde materializar el amparo

Esta herramienta pretende la protección del medio ambiente –tierra, aire, agua, paisaje, flora y fauna, etcétera–, en tanto se trata de intereses o derechos colectivos, y es eso, precisamente, lo que da sustento a la legitimación de todo habitante que se sienta afectado frente a la lesión de los intereses de titularidad de la comunidad en su conjunto.

La figura del amparo ambiental no está regulada como tal en el ámbito local, aunque el Código Urbano Municipal establece algunas prohibiciones y limitaciones para que la evolución urbanística de la ciudad no afecte el medio ambiente
Sin embargo, la concejal Villagra señaló que “hay muchos casos que se han planteado a nivel administrativo pero que no tienen respuestas”, y detalló algunos de ellos: la situación de las familias que viven en cercanías del Volcadero, la imposibilidad de acceder libremente al río en algunos tramos del borde costero, la construcción del barrio privado Amarras del Sol sobre el ejido del túnel y hasta la edificación de un muro.

De todas maneras, aclaró que “hay muchos temas ambientales que podrían ser alcanzados por esta herramienta y la idea es brindarles a los ciudadanos un instrumento con el cual se puedan atender esa gran cantidad de reclamos en forma inmediata”.

El proyecto tuvo ingreso al Concejo Deliberante en la sesión del 9 de abril y fue derivado a la Comisión de Salud, Educación y Medio Ambiente, pero también podría tratarse en la comisión de enlace que integran concejales y la Defensoría del Pueblo.