Desestiman una denuncia por la quema de documentos de la policía en época de la última dictadura

23/03/2012

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial El 8 de abril de 2010 se conoció una noticia lamentable: libros de guardia de la Policía de Concordia pertenecientes a los años 74, 75 y 76 fueron quemados en 2004. En los documentos que se carbonizaron se registraban los movimientos diarios de los agentes de la


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


El 8 de abril de 2010 se conoció una noticia lamentable: libros de guardia de la Policía de Concordia pertenecientes a los años 74, 75 y 76 fueron quemados en 2004. En los documentos que se carbonizaron se registraban los movimientos diarios de los agentes de la fuerza. El hecho salió a la luz luego de que el responsable de Derechos Humanos de esa ciudad, Rubén Bonelli, se presente en sede judicial para hacer la denuncia.

El hecho conmovió a fuerzas políticas y sociales. Los diputados radicales de la gestión anterior también se presentaron en los tribunales para denunciar el hecho. Ambas denuncias para saber cuál fue el motivo de la quema se unificaron.

Horas después sucedió una serie de sucesos que bien fueron vistos como maniobras para amedrentar. El estudio jurídico de la doctora María Isabel Caccioppoli fue atacado salvajemente por desconocidos que ingresaron por la fuerza, provocaron destrozos e incendiaron papeles. No robaron ningún elemento de valor. Pudo haber sido una coincidencia, no lo creyó así la querellante en la causa Área Concordia y de la causa que se está llevando adelante por estos días en Paraná y que tiene como procesado a Albano Harguindeguy.

Lo cierto es que la pérdida por la quema causó escozor, no solo por el hecho, sino también por las consecuencias en la búsqueda de pruebas en el marco de las investigaciones por delitos de lesa humanidad.

El 27 de septiembre del año pasado, el fiscal Gustavo Castillo notificó a Bonelli que el Ministerio Público Fiscal dispuso la “desestimación” de la denuncia “atento a que los hechos denunciados no constituyen delito”. En la cédula firmada por Castillo con fecha del 14 de octubre – a la que tuvo acceso Página Judicial – sugiere que para “solicitar la revisión” se la puede hacer dentro del plazo de tres días. No ocurrió.

El día, la ley y una coincidencia

El 10 de marzo de 2004, el entonces jefe de Policía departamental, Alfonso Rubén Gregorutti; y del asesor Legal, comisario Vicente Marcelo Terzaghi; entre otros, ordenaron la quema de archivos policiales claves de tiempos de la dictadura militar. Durante el gobierno de Jorge Busti no se conoció el hecho. Pasaron 6 años sin que trascendiera. A partir de la información periodística sobre la quema, en el mes de abril del 2010, el bloque de diputados de la UCR formalizó un pedido de informe por entender que hechos como el sucedido “oscurecen la lucha democrática por los derechos humanos y la búsqueda de verdad y justicia para los responsables de crímenes de la época más negra de nuestra historia”. Tampoco hubo respuesta a la requisitoria en el ámbito legislativo.

Si bien la Justicia entendió que los hechos denunciados no constituyeron delito, pudo resolver acerca de la violación de una ley. La 7.452, en sus artículos 8 y 17, establece que si los archivos tuvieran más de 30 años de antigüedad podría considerarse documentos históricos que deben conservarse en el Archivo; o bien, si tuvieren menor antigüedad, podrían catalogarse como documentos administrativos que también deberían estar bajo custodia.

“En la práctica, es usual que sea el propio gobernador quien autorice el expurgo de expedientes previa intervención de la Dirección del Archivo General de la Provincia, tal como puede observarse en el trámite dado por el Decreto Nº 3564 MGJEOySP, por el cual se autorizó el expurgo de actuaciones administrativas del año 1987 hasta el año 1991, con previa intervención de la Dirección del Archivo General de la Provincia”, advirtieron oportunamente los legisladores de la UCR. Otro dato: la Policía de Entre Ríos, desde hace años, introdujo la práctica de microfilmar documentos, lo cual podría haber evitado esta pérdida.

El día en que se destruía la documentación, la Cámara de Diputados daba media sanción al proyecto por el cual se creó el Registro Único de la Verdad. La norma de creación, en su artículo 2º, exige al Poder Ejecutivo a poner a disposición del nuevo organismo “los archivos de la Policía de la provincia y de cualquiera de las dependencias de los tres poderes del Estado provincial y entes descentralizados, autárquicos y organismos municipales que refieran a dicha represión”.