Por una decisión del STJ, cuatro vocales deberán aportar al Iosper

01/12/2014

Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Cuatro vocales del Superior Tribunal de Justicia tendrán que hacer los aportes al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper). Ellos son Carlos Chiara Díaz, Omar Carubia, Germán Carlomagno y Bernardo Salduna. Según se informó


Federico Malvasio
De la Redacción de Página Judicial


Cuatro vocales del Superior Tribunal de Justicia tendrán que hacer los aportes al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper). Ellos son Carlos Chiara Díaz, Omar Carubia, Germán Carlomagno y Bernardo Salduna. Según se informó a Página Judicial, a estos magistrados, entre otros, no se les descontaban los aportes para la mutual del Estado por una acordada firmada por ellos mismos en el año 2002 por la cual se los eximía de esa obligación establecida en la ley orgánica del Iosper (Nº 5.480).

Este lunes se conoció una nueva acordada, la 38/14, que deja sin efecto el artículo de la resolución firmada hace más de una década.

El 9 de septiembre Página Judicial dio cuenta de las conversaciones que se estaban llevando a cabo en el seno de la obra social para dar marcha atrás con la aberrante medida que desfinanciaba el sistema de salud en plena crisis económica.

Durante todos estos años, magistrados violaron la ley del Iosper que establece en su artículo 3º que están “obligatoriamente” afiliados los “funcionarios, magistrados, empleados y agentes que desempeñen cargos en cualquiera de los poderes del Estado provincial y municipalidades y sus reparticiones u organismos autárquicos o descentralizados”. El artículo siguiente sólo exceptúa a los contratados, es decir a los que ocupan cargos electivos o los que pertenezcan forzosamente a un régimen municipal o nacional.

“Las altas sumas que mensualmente son descontadas a magistrados, funcionarios y empleados, en favor de la obra social, no son correspondidas por prestaciones satisfactorias o mínimas, resultando por ende, desproporcionadas sobre todo en materia de alta complejidad con relación a lo aportado por los afiliados judiciales. Hay una verdadera discriminación y un descuento injustificado con ello, que los coloca en peor situación que cualquier otro aportante a una obra social pública o privada, cuyo costo es menor”. Ese había sido el argumento de la nefasta acordada de 2002 y que se transcribe en el acuerdo anulatorio.

El acuerdo, no obstante, faculta a Presidencia y/o al Tribunal de Superintendencia a analizar y resolver cada caso concreto de solicitud de eximición de aportes personales a la obra social de la provincia”.

En noviembre de 2003, el entonces juez correccional José Carlos Halle, falló favorablemente ante un recurso presentado por el Iosper. Consideró que el STJ invalidó mediante un acto de superintendencia (una resolución) lo que dice una ley, “violentando nuestro ordenamiento normativo”. La sentencia de Halle no prosperó por cuanto fue apelada, y finalmente revocada.

En la actualidad son cinco los vocales que aportan: Claudia Mizawak; Emilio Castrillón; Susana Medina de Rizzo, Leonor Pañeda y Juan Ramón Smaldone.

El cumplimiento de la ley del Iosper hay que adjudicarlo a una gestión del nuevo presidente de la obra social, Fernando Cañete, quien también oficia como dirigente de la Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER).