Los fiscales pedirán ocho años de prisión para Urribarri y Báez
02/02/2018
Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial Si el ex gobernador Sergio Urribarri aceptara enfrentar el juicio por haber beneficiado a su cuñado en contrataciones de campañas publicitarias sabría que los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa pedirán que sea condenado a ocho años de prisión y que nunca más pueda ocupar un
Juan Cruz Varela
De la Redacción de Página Judicial
Si el ex gobernador Sergio Urribarri aceptara enfrentar el juicio por haber beneficiado a su cuñado en contrataciones de campañas publicitarias sabría que los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa pedirán que sea condenado a ocho años de prisión y que nunca más pueda ocupar un cargo público.
Los fiscales adelantaron que “en función de la gravedad y reiteración de los hechos” por los que están acusados también pedirán condenas de ocho años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos para el ex ministro Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri.
Los tres están acusados por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la administración pública, por un monto total de 24.204.918,69 pesos.
Los fiscales señalaron que las empresas TEP SRL (ex Cinco Tipos) y Next SRL –que se le atribuye a Aguilera– absorbieron casi la totalidad de la publicidad en vía pública contratada por el Estado provincial entre los años 2010 y 2015. Según dicen, las adjudicaciones se realizaban por vía de adjudicación directo y por vía de procedimientos de excepción desde el Ministerio de Cultura y Comunicación a cargo de Báez.
En esta maniobra habría otros participantes. Es que Aguilera no aparece en el directorio de las empresas que se le atribuyen, aunque los accionistas son allegados. En el caso de TEP SRL, quien figura como socio gerente es el diseñador gráfico Emiliano Oscar Giacopuzzi. En esa firma también figura Luciana María Belén Almada, esposa de Aguilera. Los fiscales pedirán que ambos sean condenados a cuatro años de prisión. En el caso de Next SRL, quienes aparecen como socios son Luis José Alejandro Almada, cuñado de Aguilera, y Maximiliano Romeo Sena. Para ellos, pedirán cuatro años de prisión.
Ese esquema, a criterio de los fiscales, no pudo llevarse a cabo sin la colaboración de Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas TEP SRL y Next SRL para quien pedirán una pena de seis años de prisión.
A su vez, las empresas J. M. Bustamante Publicidad y Montañana Publicidad, vinculadas comercialmente con TEP SRL y Next SRL, también habrían sido beneficiadas con contratos y pautas publicitarias, lo que redundaba en beneficios para las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaba en sus manos.
Por estos hechos, los fiscales adelantaron que solicitarán que los empresarios Jesús José María Bustamante y Hugo Fernando Montañana sean condenados a seis años de prisión de cumplimiento efectivo.
Por otra parte, los fiscales determinaron que existe un gran número de campañas publicitarias simuladas, pues los trabajos contratados por el Estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento. Peritos del Superior Tribunal de Justicia (STJ) constataron que las certificaciones que se presentaban mediante fotografías que debían dar cuenta del cumplimiento de la publicidad eran falsas. Concretamente, las empresas presentaban la misma fotografía todos los meses, pero con diferentes órdenes de publicidad y el Estado pagaba sin controlar.
El encargado de verificar que la publicidad efectivamente se cumpliera en los términos en que había sido contratada por el Estado era Gustavo Rubén Tamay, que ostentaba el cargo de Responsable de Certificación de Publicidades en Vía Pública del Ministerio de Cultura. En su caso, los fiscales adelantaron que pedirán que sea condenado a seis años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Urribarri y Báez pueden ampararse en los fueros por su condición de diputados provinciales; pero los fiscales pidieron al juez Humberto Franchi que solicite el desafuero a la Cámara de Diputados. La Constitución Provincial establece que la decisión corresponde a los propios legisladores, pero aclara que la cámara baja podrá, “con dos tercios de votos de los presentes, levantar los fueros o suspender en sus funciones al acusado y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento”.
Los antecedentes no favorecen las expectativas de que ello ocurra.
El juicio podría celebrarse sin la presencia de Urribarri y Báez. La Justicia debe continuar el procedimiento “hasta su total conclusión”, dice la ley, es decir, el juicio se haría sin ellos y, en ese caso, recién serían juzgados una vez que abandonen su banca.
Claro que, por ahora, son especulaciones.